2014/03/16

Ley de Responsabilidad Social en Radio, Tv y Medios Electrònicos

MINCI "Con la aprobación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión se inició en Venezuela, una nueva relación entre los medios audiovisuales,  los ciudadanos y el Estado. Uno de los objetivos fundamentales del instrumento legal es garantizar y proteger los derechos comunicacionales de niños, niñas y adolescentes porque son el grupo más susceptible de nuestra sociedad a ser influenciado por los mensajes audiovisuales."
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,http://www.leyresorte.gob.ve/wp-content/uploads/2012/07/Ley-de-Responsabilidad-Social-en-Radio-Television-y-Medios-Electr%C3%B3nicos.pdf 


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Bàsicamente son 35 artículos, que si bien abarcan lo elemental para "garantizar" la responsabilidad social del contenido de los mensajes audiovisuales; pregunto ¿que artìculo contempla el contenido de tema musicales que escuchamos actualmente y que incitan al perreo, sandungueo y otros género sin importar a quièn le llega el mensaje? ¿y por qué vemos aun promoción de algunas telenovelas donde los protagonistas justo aparecen incitando a la violencia y/o al sexo en horarios dónde cualquier niño podría estar viendo su comics? espero comentarios...

38 comentarios:

Unknown dijo...

En el artículo 14 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Tv y Medios Electrónicos, se contempla que: se deberá destinar a la difusión de obras musicales venezolanas, al menos un cincuenta por ciento (50%) de la programación musical diaria, en las cuales se deberá evidenciar:
1. La presencia de géneros de las diversas zonas geográficas del país;
2. El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas;
3. La presencia de valores de la cultura venezolana;
4. La autoría o composición venezolanas,
5. La presencia de intérpretes venezolanos.

Todo lo antes expuesto señala que, algunas emisoras incumplen con los lineamientos establecidos en la ley en cuestión.

Para empezar, en su mayoría, los temas musicales difundidos por radio no son de autoría ni de composición venezolana. A menos que contemos las constantes transmisiones de Chino y Nacho (Con el potro), de ser así, también se puede incluir en esta categoría: "La presencia de intérpretes venezolanos" lo que daría una ventaja a las radiodifusoras venezolanas.
"El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas" Si, efectivamente se cumple.
Entonces esto solo deja en juego "La presencia de valores de la cultura venezolana" Desde mi punto de vista, Para poder analizar este aspecto debo preguntarme ¿Cuáles son los valores (supuestamente) presentes en la cultura Venezolana? Porque si la Ley RESORTE se refiere a la infidelidad, el engaño, la traición y la devaluación desmesurada del sentido familiar; entonces, sí, los contenidos están cumpliendo con todos los parámetros establecido.

Zuheidy Rubinetti - Radio - 5T

Alexander dijo...

Yo escucho música de bandas nacionales por la radio, incluso he pedido canciones específicas de bandas venezolanas. La ley contempla que el 50% debe ser música nacional, y ese 50% debes ponerlo durante el horario todo usuario; así que si en todo el día vas a pasar 40 canciones puedes poner las 20 canciones nacionales en las últimas dos horas del horario todo usuario (de 5 p.m. a 7 p.m.) suponiendo que todas las canciones duren 4 minutos 30 segundos (cosa que es un abuso suponer, algunas duran menos de dos minutos, pero bueno, algunas duran bastante) fácilmente puedes matar las canciones nacionales en 2 horas y unos minutos y tienes el resto del día para hacer parecer que estás "incumpliendo con los lineamientos establecidos en la ley en cuestión",

Aún si la ley RESORTE se refiriese a "la infidelidad, el engaño, la traición y la devaluación demesurada del sentido familiar" como valores presentes en la cultura Venezolana (cosa que no es así. De hecho no nombran ningún valor) esas canciones contienen, según descritos en el artículo 6, elementos de lenguaje y elementos de sexo tipo "C" lo que las hace no aptas para el horario todo usuario como es detallado en el artículo 7 (es de 7 a.m. a 7 p.m. y no puedes pasar nada que no sea calificado tipo "A")

Para pasar una canción tipo Amanecer de Víctor Drija (que ni siquiera es de los casos extremos) durante horario todo usuario podrías argumentar que diciendo "El sol se oculta y yo quiero hacerte el amor" la canción habla de amor y no es lenguaje explícito, y entonces a pesar que a la final todos los niños, niñas y adolescentes del país saben a que se refiere esa canción podrías ponerla en horario todo usuario.

Alexander Kuttel - Radio - 4T

Anónimo dijo...

nos encontramos en una situación en la que ya en el país no se esta respetando para nada la ley de responsabilidad social en radio y televisión por que muchos de los programas que se transmiten en horario todo publico no es apto para muchos niños y niñas que a esas horas es donde se encuentran viendo atentamente la televisión o escuchando un programa de radio en su habitación, ya no hay respeto o seguimiento por el ente regulador para procesar cualquier tipo de programación en un horario de todo publico.

para mi en lo particular se debe regular de una mejor manera los programas transmitidos en radio y televisión que lleven un buen mensaje a los mas pequeños de la casay también que los representantes de los niños tengan cuidado con lo que ven y escuchan los chicos.

Anónimo dijo...

el comentario anterior es mio
adrian lozada sección 4t

Anónimo dijo...

Se entiende que la ley de responsabilidad social en radio, television y medios electronicos tiene por objetivo establecer , en la difusion y recepcion de mensajes la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y television, provedores de los.medios electronicos tanto a los usuarios.
En la actualidad ya no se respetan las leyes en venezuela y las novelas sensuradas pasan a cualquier hora del dia y esa musica no para de sonar en la radio.
La principal razon de ese problema es la falta de cultura que se vive desde los hogares, las normas las reglas; no se aplican.
Horario adulto es el reglamentario para este tipo de programacion pienso que en la parrilla de programacion lo colocan simplemente.a la hora que les ayude a subir el ranking de televidentes.
Articulo 7 de la ley de responsabilidad trata de los bloques de horarios y restricciones de horario.
En cuanto a la musica el articulo 6 lenguaje, salud, sexo y violencia; A,B,C si estamos en horario todo publico no debes colocar musica de elementos tipo C. Aunque estoy consiente que existe poca musica educativa y cultural. Existe mucha musica obsena y grocera que es la moda y el boom dia a dia. Y lamentablemente eso es lo que aprenden los mas chiquitos de la casa.

Juliana Hurtado seccion 5t

Anónimo dijo...

En mi opinión la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y ahora en Medios Electrónicos, se cumple pero a la vez no, es decir, si analizamos los programas infantiles que ya no son tan infantiles esto promueve la violencia (en alguno de ellos), por otro lado las novelas... las novelas no cumplen para nada esta esta ley (a mí parecer), porque en un horario que es todo publico, con clasificación tipo A, no deberían de pasar esas novelas donde son las 2 de la tarde (por hacer un ejemplo) y la novela pasa escenas de sexo (fuera de angulo o limitado), escenas de besos, peleas entre otras cosas. Cuando un programa esta en una clasificación tipo A es porque los niños de la casa lo pueden ver sin ningún inconveniente (cosa que se pone en duda por el ejemplo de la novela) entonces me pregunto ¿En realidad esta ley censura o solo esta censura sirve para los medios?. Hay tantas cosas que se pueden decir, por ejemplo en radio se puede decir que se controla mas el horario, sin embargo hay emisoras quizás es por su programación pero no pasan contenido cultural, ni educativo, mucho menos venezolano esto es algo que entra en este Ley. Entonces, podría decir que es una balanza; hay emisoras y canales de Tv que si "respetan" la ley resorte como hay otros que no! emisoras de radio que se dedican a lo cultural y educativos igual que Vive TV que es un canal donde pasan contenido educativo, informativo, cultural y respetando los limites de horario... La cultura, la educación, la información juegan un rol muy importante día a día en la sociedad, es por esta razon que los medios de comunicación deben enfocarse mas a en esto y por supuesto cuidar los horarios y las parrillas de programación.

JOSELIN GALLARDO. 5T

CARLOS LUGO 4T dijo...

CARLOS LUGO
SECCIÓN 4T Radio (A2-2)

Con respecto a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y medios electrónicos, estos se han visto en la medida de lo posible de no controlar el nivel de horario en cuanto a la programación de un programa, ya sea de manera televisiva como radial. estos últimamente son de programación no apta para niños específicamente, ya que poseen escenas de violencia o quizás un nivel de sexo que no se debería presenciar de parte de ellos. Claro el error esta de ambos lado, la programación quien emite esos programas con sexo y violencia y de los padres que permiten que sus hijos lo vean, pero es culpa de estado que ha dejado permitir todo este desorden que no lleva a nada bueno a los niños de hoy en día.

CARLOS LUGO 4T dijo...

CARLOS LUGO
Seccion 4T
RADIO (A2-2)

Otro punto muy importante y quiero acotarlo en este momento es que en mi opinión decimos que estamos en la libre elección de ver y escuchar lo que se nos pegue la gana, elegimos la programacion que sea de gusto propio y que soy yo quien controlo mi programacion, pero me he dado cuenta que no es asi, ya que si nos ponemos a ver de alguna u otra manera, son los canales que te llevan a ver los que a ellos le plasca, por ejemplo: En fox ves una pelicula el dia de hoy a las 4 pm "Estreno TITANIC" cosa que si te das cuenta te la repiten al mes mas de 8 veces por decirlo así, donde queda la parte que somos los que decidimos que ver, para nada son ellos quienes nos manejan en cuanto a la programación, te la repinten en cualquier horario y cualquier día, ya no existe esa libertad en cuanto a la televisión de poder elegir lo que la persona desee ver para su entretenimiento personal.

CARLOS LUGO 4T dijo...

CARLOS LUGO
Seccion 4T
RADIO (A2-2)

Se debe tener en cuenta estos importantes puntos en cuanto a programación y uso de lenguajes, se debe recordar que los niños, niñas y adolescentes son los papeles fundamental ante una sociedad.

TU: Todo Usuario - es aquél durante el cual sólo se podrá difundir mensajes que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. (7AM a 7PM)

SU: Supervisado - es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que, de ser recibidos por niños, niñas y adolescentes, requieran de la supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. (7PM a 11PM) (5AM a 7AM)

A: Adulto - es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que están dirigidos exclusivamente para personas adultas, mayores de dieciocho años de edad, los cuales no deberían ser recibidos por niños, niñas y adolescentes. (11PM a 5AM)

Pero esto da a entender que a los ente gubernamentales no le importa esto, debido a su alto nivel de escenas en sexo en una novela, o el simple hecho de usar la violencia en un horario todo usuario, Porrrrr Dioooooosssss que le pasa a los medios, quien los entiende, Bueno esta ley debe tomar medidas lo mas antes posible, Mi opinión y mi criterio propio sin hacer doble sentido.

Unknown dijo...

Buenas, existe algo muy interesante en cuanto a la régimen que DEBERIA existir en la programación diaria de los medios y es lo siguiente:

Artículo 7. A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y bloques de horarios: 1.Horario todo usuario: es aquél durante el cual sólo se podrá difundir mensajes que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está comprendido entre las siete antemeridiano y las siete postmeridiano.

Claramente este Artículo nos rige estrictamente el horario en el cual no se deben utilizar recursos y ciertos términos para distintos tipos de incitacion violenta o sexual. Es evidente que hoy en día no se está regulando apropiadamente este artículo, pero ¿a que se debe esto? Tal vez no podemos responder eso sin antes preguntar ¿Como podemos determinar que canciones o que contenido incita realmente al joven a cometer estas acciones? Cuando hoy en día es casi aceptable y esta casi dentro de nuestro diccionario la palabra "perreo". Es aqui cuando vemos que no solo nosotros somos los manipulados sino que los medios también son manipulados por las grandes tendencias.

Abraham Polanco
Sección 4T
Radio (a2-2)

Anónimo dijo...

Mariana Sanchez 5T
a pesar de que el articulo numero 7 nos habla de bloqueos de horarios actualmente no se cumple porque si vemos desde el punto de vista de las "novelas" todas incitan al sexo violencia y otras cosas q no se podría transmitir en el horario que es visto, otra de las cosas son las comiquitas y series por ejemplo El Chavo Del 8 y Los Simpson: Ambos ingresaron en la pantalla en la década del 90, estos programas son los dos más vistos por las nuevas generaciones. Más allá de su historia y su parodia a la vida actual, tienen una importante carga de violencia. Quien no vio a Homero Simpson ahorcando a Bart, o a Doña Florinda pegándole un cachetazo memorable a Don Ramón. Es muy grave que los dos programas que acompañan el crecimiento de cada chico(estos productos son repetidos incansablemente por los canales de televisión). Aparte los niños (y los grandes) copian las conductas de los personas, ya sea las palabras que caracteriza a cada personaje o los gestos.

Anónimo dijo...

Reymar Delgado - 5T - Radio

Ambos aspectos se contemplan en el artículo 7 que nos habla de los tipos, bloques de horarios y restricciones por horario. Este artículo no se cumple, debido a que prácticamente a toda hora logramos escuchar temas musicales sin importar el contenido de la canción; las telenovelas o series las podemos conseguir en la mañana, tarde o noche, allí podemos observar actos sexuales y de violencia; incluso, hasta en las series para niños, niñas o adolescentes se ve la violencia. El horario adulto es el que más se cumple, porque es obvio que tienen que respetarlo, pero en los otros dos anteriores no existe o no hay una organización adecuada.

Los Bloques o los tipos de horario se comprende entre: Horario todo usuario, horario supervisado y horario adulto.

El horario todo usuario está comprendido entre las siete antemeridiano y las siete postmeridiano y puede verlo u oírlo niños, niñas y adolescente sin la supervisión de adultos. El horario supervisado está comprendido entre las cinco antemeridiano y las siete antemeridiano, y entre las siete postmeridiano y las once postmeridiano; si hay niños, niñas o adolescentes presentes requiere de la supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. Y el horario adulto está dirigido exclusivamente para personas adultas, mayores de dieciocho años de edad; este horario está comprendido entre las once postmeridiano y las cinco antemeridiano del día siguiente.

Anónimo dijo...

Karlys Medina- Radio- 4T

Es interesante observar en el articulo 28 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y medios electrónicos nos dice: que
prohíbe difundir a través de medios electrónicos, mensajes con las
siguientes características:

1. Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones
religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o
xenofobia.
2. Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan propaganda de Guerra
4. Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento
jurídico vigente.
Es por eso que los proveedores de medios electrónicos tienen la obligación de establecer mecanismos que permitan restringir todas estas cosas porque sino se tomarían medidas mas drásticas como la del articulo 33 " En el curso del procedimiento sancionatorio o de cualquier índole, incluso en el acto de apertura, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones podrá de oficio o a la solicitud de parte, dictar las siguientes medidas cautelares:
Ordenar a los prestadores de servicios de radio, televisión, difusión por suscripción o proveedores de medios electrónicos, abstenerse de difundir mensajes que infrinjan los supuestos establecidos en esta ley.
Es impresionante y a su vez triste ver que de alguna u otra manera esto no se toma en cuenta sabiendo las consecuencia que acarrean el no cumplir con lo que se establece en la ley. Se debe hacer radio y televisión de calidad no es solo "porque esta a la moda y hay que sacarlo" todo esta en los principios y valores actualmente con la situación que se vive en el país tanto el padre como la madre han tenido que salir a trabajar y muchas veces los educadores de esos niños es la televisión, radio y el Internet, recordemos que hay que criar niños niñas para el futuro sabiendo que la influencia de estos es mucho mas elevada, desde lo que oyen (el lenguaje) hasta lo que ven ( acciones). Yo se que si se pueden hacer muy buenos programas sin que sea necesario incitar al sexo, a los divorcios, la violencia, entre otras cosas.

Anónimo dijo...

Karlys Medina- Radio- 5T
Profera disculpe soy de la sección 5t.

Anónimo dijo...

Artículo 7
Tipos, Bloques de Horarios y Restricciones por Horario
A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y bloques de horarios:
1. Horario todo usuario: es aquél durante el cual sólo se podrá difundir mensajes
Que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas
Y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o
Responsables. Este horario está comprendido entre las siete antemeridiano y las
Siete postmeridiano.
2. Horario supervisado: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que,
De ser recibidos por niños, niñas y adolescentes, requieran de la supervisión de
Sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está
Comprendido entre las cinco antemeridiano y las siete antemeridiano y entre las
Siete postmeridiano y las once postmeridiano.
3. Horario adulto: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que están
Dirigidos exclusivamente para personas adultas, mayores de dieciocho años de
Edad, los cuales no deberían ser recibidos por niños, niñas y adolescentes.
Muchos de los canales nacionales cubren esta ley, pero también hay programas donde no, ya presentan imágenes obscenas o muestras acciones que tente a que las personas ya sea niños o adolecente realicen esas acciones por cuestiones de imitación.
Mairy Cazorla Radio 5T

Anónimo dijo...

ALBANY FERNANDEZ 5T: En estos tiempos en nuestro pais las leyes no se cumplen solo estan de adornos o la utilizan para un grupito ya que horario supervisados incitan la violencia, sexo, cuando deberian estar transmitiendo informacion que ayude a construir un mejor ciudadano, solo sancionan o cierran medios de comunicacion cuando afecta los intereses del gobierno.

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Unknown dijo...

Todos los medios de comunicación sea la radio o la televisión debe cumplir con dicha ley debido a que se debe tener responsabilidad en cuanto a cada programa para distinto público y horarios, hoy en día no se cumple con Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. He tenido anécdotas, prendo la radio en cualquier horario y se escucha música donde el vocabulario de la música no está acorde a la hora de la programación. Es lamentable donde se irrespete el margen que le debe tener a dicho público. La programación de hoy en día no vale la pena verla ni escuchar las famosas telenovelas no tienen ningún valor cultural para personas debido al deterioro de la programación más sexo, violencia, menos cultura y sin respetar al público que lo ve.
El artículo 7 claramente especifica los horarios para cada público
Artículo 7
Tipos, Bloques de Horarios y Restricciones por Horario
A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y bloques de horarios:

1. Horario todo usuario: es aquél durante el cual sólo se podrá difundir mensajes
que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas
y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o
responsables. Este horario está comprendido entre las siete antemeridiano y las
siete postmeridiano.

2. Horario supervisado: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que,
de ser recibidos por niños, niñas y adolescentes, requieran de la supervisión de
sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está
comprendido entre las cinco antemeridiano y las siete antemeridiano y entre las
siete postmeridiano y las once postmeridiano.

3. Horario adulto: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que están
dirigidos exclusivamente para personas adultas, mayores de dieciocho años de
edad, los cuales no deberían ser recibidos por niños, niñas y adolescentes.
joselin Espinett sección 5T

Stephany trejo seccion: 4t dijo...

Es importante tomar en cuenta las leyes que han decretado para llevar la información correctamente al publico en general, al transmitirse mensajes y música por la radio. Al momento de utilizar este medio se puede escuchar personas que pueden tener un programa sin ser profesionales en el área, sin embargo deben tener un conocimiento respecto a la ley para no recibir sanciones. Particularmente me parece importante estar atentos a nuestros niños, niñas y adolescentes en nuestros hogares, ya que mientras mas valores y mas cultura cualquier información dañina por cualquier medio que sea sera rechazada rápidamente.

Unknown dijo...

Todos los medios de comunicación deberían regirse bajo estas leyes, puesto que la principal función de éstos es fomentar la educación, de una forma más entretenida para la sociedad.
Sin embargo muchos medios dejan a un lado esta visión, al trasmitir diversas programaciones en la cuales incitan a la violencia, sexo e involución de la sociedad.
Afectando notoriamente a las distintas personas y sobretodo a los Niños, Niñas y Adolescentes quienes están adquiriendo un aprendizaje, desarrollo de sus capacidades y actitudes como ciudadanos.




Sección:5T

Anónimo dijo...

Yhoslyn Lopez 5t
parto de creer lo que refleja el dicho que reza:"depende de en manos de quien esten las cosas" por ejemplo un cuchillo en las manos de una madre que va a alimentar a un niño es util, pero en las manos de un asesino es mortal. lo mismo aplica para el uso de esta ley si es ejercida con equida y justicia, pues se entiende que en su medidad cumple la funcion para la cual es empleada, sin embargo si se hace una mala aplicacion solo revela arbitrariedad, tocante a las regulaciones de tipo de musica el articulo 28 de la Ley de responsabilidad social de radio y television, establece pautas para lo que se debe transmitir, solo se requiere que esta sea supervisada y quien comete transgresion de esta ley debe ser sancionado....

Anónimo dijo...

es una ley importante para la educacion de los mas pequeños en casa, devido a que esta ley nos ayuda a expresarnos con respeto y educacion al publico.
gabriel infante 5t.

Anónimo dijo...

carlos Acosta 5t
articulo 28 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y medios electrónicos cita que :
. Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones
religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o
xenofobia.
2. Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan propaganda de Guerra
4. Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento
jurídico vigente.

durante mucho tiempo las televisoras y radios alimentaron a nuestra sociedad de contenidos impuros e inmorales como laS TELENOVELAS donde se veian a hijas quitandoles el marido a las madres, a adolescente teniendo sexo entre otras cosas con esta ley se intento regular toda la horda de vulgariedades que a traves del tiempo los medios propagaron en nuestra sociedad, pero aun asi existen televisoras que transmiten contenidos inapropiados , pero en la mayoria de los casos so sacados del aire como es el caso del programa "12 corazones" donde se propagaba el libertinqaje total y se trataba a la mujeres como objeto sexual.

Anónimo dijo...

Jorge Rojas-5T-Radio.

La ley de responsabilidad social en radio y television llego para presionar a los medios de comunicacion, que si bien puede que era y es algo inapropiados para los menores, pareciera que solo se busca crear una sola matriz de opinion que puede beneficiar a un sector. el problema no es la ley, el problema es quien la "imparten" a su conveniencia.

Anónimo dijo...

jesus castillo 5t

creo que en la radio no se oye mucho el tema de la violencia mas sin embargo si se escucha un perreo, un sandugueo hasta cosas morbosas de parte de los cantantes hacia sus fanaticos la mayoria de ellos menores de edad que son los mas apegados al genero del reggaeton ya que es lo que en muchos liceo es la moda, eso afecta mucho al crecimiento mental de esos niños casi jovenes adultos que en mente tienen, vivir la vida relax, sin pensar en un futuro no deseado para ellos valgase un embarazo a corta edad o peor entrar en el vicio de las drogas que de eso no tienen escapatoria, creo que seria bueno que se respetaran las leyes segun estan establecidas para los medios y cumplir con su horario de programacion respectivo para asi minimizar un poco la actitud de esos jovenes venezolanos.

Anónimo dijo...

Carlos Pinto 4T Radio

Hoy en día se carece mucho de música que suene en las radios que se pueda decir que es educativa. Cuando no hablan de sexo por placer y diversión sin preocupación, se escuchan raperos con una lírica que atenta contra la "inocencia" de los niños y jóvenes menores de edad, la ley estipula que no debe transmitirse música con lenguaje tipo "C" en horarios abiertos a todo público puesto que obviamente cualquier niño puede estar escuchando y eso sería una influencia negativa para el menor al igual que las novelas del "mediodía" (entiéndase que me refiero a las de la tarde), que promueven sexo, violencia y demás cosas que son transmitidas en un horario donde cualquier persona con acceso a un TV puede sintonizar. Aunque estas leyes están vigentes, no se cumplen como debería ser y eso implica directamente en la sociedad que se vive hoy en día que piensa que tener sexo es normal pero una muerte es un total desastre si se llegara a pasar por tv nacional en horario abierto..

Anónimo dijo...

María Annabella Schiffino Sección : 5t La música siempre ha formado uno de los elementos principales en la formación de la cultura, y a su vez puede influir en las constumbre y emosiones de los individuos. Podemos ver en la evolución los grandes cambios que se han visto se puede notar en los nuevos ritmos se ha pasado de música clasica a algo mas grotesco. Los adolescentes son los mas propensos a ser influenciados por los nuevos estilos de música esto hace que cambien su vestimenta y hasta su peinado. En el Artículo 7 de la ley de responsabilidad social en radio y television se establecen tipos y bloques de horarios. 1 horario todo usuario : programas, promociones, publicidad y propagandas sin supervicion de madres padres representantes o responsables en horario de 7 : 00 am a 7 : 00pm 2Horario supervisado : se podrá difundir programas, publicidad, propagandas requiere de la supervision de madre padre representantes o responsables 3 horario adulto: aquel durante el cual se podra difundir mensajes que estan dirigidos exclusivamente para adultos y mayores de 18 años. Aunque este planteado este Articulo podemos ver que no se cumple ya que la música que colocan en la radio insita a la violencia, al sexo hacen mal uso de las palabras; al igual que la televisión en horario para niños pasan programas no debidos incumpliendo Articulos antes mencionados.

Anónimo dijo...

Porque aquí la gente hace lo que le da la gana y lo que se aplica más a sus intereses, da más rating una telenovela que Tom y Jerry. Igualmente en la radio con la música venezolana, es mayor la cantidad de gente que quiere oír a Chino y Nacho que la que le interese escuchar a Dermis Tatu, Sentimiento o Zapato 3...

Luis Castro 5T

Unknown dijo...

Marilyn lopez 4t en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electronicos. vemos muchos artículos interesantes uno de ello es el articulo 27 el cual habla sobre la difusión de mensajes, como por ejemplo no fomentar zozobra en la cuidadania o alteren el el orden publico,con la situación actual del país aveces se cae en este tipo de comentarios y de una u otra manera fomentan a un descontrol en la sociedad, como responsables de los medios de comunicación debemos estar pendiente de que información nos llega, antes verificarla y tratar en lo posible de aportar soluciones para no crear un caos. De igual forma el articulo 7 que trata sobre los horarios, horario todo usuario: donde se pueden difundir mensajes que puedan ser escuchados todos los usuarios incluyendo niños, niñas, adolescentes. El Horario supervisado en este espacio se pueden difundir mensajes que de ser recibido por niños requieran de la supervision de sus padres. Horario adulto, se pueden difundir mensajes dirigidos exclusivamente a mayores de 18 años, hay muchos medios que no toman en consideración este articulo, el cual es muy importante y de relevancia, ya que hay contenidos que transmiten durante el día y no son adecuados para los menores de edad.

Anónimo dijo...

Hoy en día el tema de los horarios ya no se respeta en casi nada, tanto televisión como rsdio , por un lado en la TV ponen cualquier programa con contenido sexual desde tempranas horas y por la radio oímos canciones que utilizan la palabra "perreo " constantemente

Nil Rodriguez 4T

isavasquez dijo...

Isabel Olivares 5t
Algunos compañeros comentan que los canales nos imponen por decirlo así la programación que ver y desde mi punto de vista no me parece ya que nosotros tenemos el control y una gran variedad de canales es decisión propia que ver y que no.. Ahora cuando no aplica esto.
Oír ejemplo hay mu padres que trabajan y dejan a sus hijos solos todo el día , un padre ( el ser responsable de nuestra educación) se le es imposible calificar una programación apta para su hijo ya que no sabe que es lo que ve el a esa hora . Por otro lado también eligen el televisor en niños de 4 y 5 años como niñeras y un niño si bien sabemos no sabe que canal pasar y puede presenciar episodios no aptos para su edad por esto es que los canales deben tener bien programados sus horarios pero creo que principalmente todo viene desde casa y dese pequeños en la atención que los padres le prestan a sus hijos. Y en que programación les dejan o no ver .

Anónimo dijo...

ley es una Regla o norma establecida por una autoridad superior para regular, de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones sociales.

Es sobre la relaciones sociales, verdad? yo no creo que el escuchar radio o ver televisión es una acción individual de cada ciudadano y que este puede elegir que ver, ya que nosotros vemos lo que los canales nos venden, sea bueno o malo, sea verdad o sea mentira; si cambiamos de canal o de emisora pasa lo mismo, vemos o escuchamos es lo que ellos quieren que veamos o que escuchemos. Todo se debe en la sociedad que estemos, y las culturas que queramos imitar. No es la misma radio o televisión que hay en China, que la que hay en Siria.

Es por eso que en todas las sociedades deben tener una ley que regule la programación y si estas no las cumplen deben ser sancionados, creo que puede existir buenos proyectos que entretengan e informen al mismo tiempo que sea dentro del marco de la ley.


LUIS PÉREZ 5T

Anónimo dijo...

Yorman Garaban 5T 25535107

La Ley de Responsabilidad Social en Radio y Television fué creada en 2005 por el presidente Hugo Chavez, llegó para aplicar leyes con el fin de regir a los medios de comunicación, ningun compañero mencionó que ésta ley va de la mano con CONATEL (COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES) un organismo creado para la regulación, supervisión y control sobre las telecomunicaciones.
así tener sometidos a los medios de comunicación y obligar al medio a tratar de sobrevivir por sus propios esfuerzos.

Unknown dijo...

Numil Torres. Sección 4T
Actualmente la ley resorte no cumple del todo su función la cual es garantizar la responsabilidad social. Ya que podemos escuchar la radio a cualquier horario y siempre conseguiremos en una emisora música con contenido vulgar.No se maneja un lenguaje tipo "A" que pueda ser escuchado por todo tipo de público.

Anónimo dijo...

Eduard Pulido 4T.
Considero que con ley de responsabilidad social en radio y televisión, el gobierno establece una serie de controles en los horarios y contenidos de las programaciones que a juicio de los expertos, le pone una dura camisa de fuerza a la libertad de expresión. Sin embargo, algunas de sus condiciones o leyes que regulan los programas en tipos de horario supervisados, son en pro a la educación de los niños y jóvenes, pero en la actualidad esto no se cumple por completo. No tengo el poder de decir que Ninguna sigue las normas, porque no conozco a todas las emisoras ni canales de tv, pero opino que son pocas. En este país son pocas las leyes que se cumplen, los prestadores de servicios no se rigen del todo con las disposiciones de esta ley. Otra cosa que quería opinar, es que no me parece una sorpresa que encontremos temas musicales que inciten al perreo o sandungueo sin importar a quién le llega el mensaje, si nos ponemos a pensar, esos son los temas que la misma gente les pide a las emisoras que coloquen, "porque eso es lo que se escucha" así que el problema no es solo de la emisora, ni los productores de los programas, porque si No colocara la música "de moda" entonces no tendría tanta audiencia. Ojo, no digo que Todas las emisoras sean asi.

Unknown dijo...

El articulo 1 dije: Esta Ley tiene por objeto establecer, en la difusión y recepción de mensajes, la
responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión,
los anunciantes, los productores nacionales independientes y los usuarios y
usuarias, para fomentar el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e
intereses a los fines de promover la justicia social y de contribuir con la
formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la
cultura, la educación, la salud y el desarrollo social y económico de la Nación,
de conformidad con las normas y principios constitucionales de la legislación
para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la cultura, la
educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones.
Luego el articulo 6, define los elementos calificados: lenguaje, salud, sexo y violencia. Los cuales se categorizan en A, B, C, D y E.
El Articulo 14 dice: Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir, durante el
horario todo usuario, un mínimo de tres horas diarias de programas culturales y
educativos, informativos o de opinión y recreativos dirigidos especialmente a
niños, niñas y adolescentes, presentados acordes con su desarrollo integral,
con enfoque pedagógico y de la más alta calidad. En la difusión de estos
programas se deberá privilegiar la incorporación de adolescentes como
personal artístico o en su creación o producción.

Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir diariamente,
durante el horario todo usuario, un mínimo de siete horas de programas de
producción nacional, de las cuales un mínimo de cuatro horas será de
producción nacional independiente. Igualmente, deberán difundir diariamente,
durante el horario supervisado, un mínimo de tres horas de programas de
producción nacional, de los cuales un mínimo de una hora y media será de
producción nacional independiente. Quedan exceptuados de la obligación
establecida en el presente párrafo los prestadores de servicios de radiodifusión
sonora y televisión comunitaria de servicio público, sin fines de lucro.

En las horas destinadas a la difusión de programas de producción nacional
independiente, los prestadores de servicios de radio o televisión darán prioridad
a los programas culturales y educativos e informativos.
El articulo 27 dice: En los servicios de radio, televisión y medios electrónicos, no está permitida la difusión de los mensajes que:
1. Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
Shirly Rodríguez
Radio Sección: 4T

Anónimo dijo...

Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RESORTE) Es el nombre de la Ley aprobada por la Asamblea Nacional de Venezuela promulgada y sancionada el normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Esta Ley desarrolla los valores de libertad, justicia, igualdad, solidaridad, responsabilidad social, preeminencia de los derechos humanos, entre otros conceptos promulgados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En ella prevalece la necesidad de abrir espacios en la comunicación, como fundamento de la democracia participativa y protagónica, la formación de una conciencia ciudadana y una cultura de paz.

El espectro radioeléctrico es el espacio físico por el que se transmiten las señales de radio y televisión, un recurso limitado del que somos dueños todos los venezolanos. El Estado lo administra, y autoriza concesiones a televisoras y emisoras de radio para explotarlo comercialmente. Éstas, que sólo han obtenido un permiso para usar un bien de dominio público, deben asumir las responsabilidades sociales que conlleva su explotación. La movilización de distintos sectores de la sociedad venezolana en torno a la elaboración y aprobación de la Ley Resorte, es un esfuerzo por transformar el desequilibrio que se da entre los intereses económicos de los que emiten las informaciones y los intereses sociales de los usuarios que las consumen. Los deberes y derechos que se derivan de esta Ley, tanto para los prestatarios de los servicios como para los usuarios, son factores esenciales para el ejercicio de la ciudadanía.

Según con el Artículo 6, define los elementos calificados: lenguaje, salud, sexo y violencia. Los cuales se categorizan en A, B, C, D y E y El Artículo 14 dice: Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir, durante el horario todo usuario, un mínimo de tres horas diarias de programas culturales y educativos, informativos o de opinión y recreativos dirigidos especialmente a niños, niñas y adolescentes, presentados acordes con su desarrollo integral, con enfoque pedagógico y de la más alta calidad. En la difusión de estos programas se deberá privilegiar la incorporación de adolescentes como personal artístico o en su creación o producción.
Particularmente, considero que desde hace ya un tiempo y específicamente, en la actualidad, no se cumple la ley resorte por ningún medio, por radio se puede encontrar música como elementos vulgares y/o incluso hasta las mismas publicidades, contenido inapropiado el cual lo producen en cualquier horario, en cuanto a la televisión menos, siempre hay algo que de una manera pequeña u otra incentiva o incita al publico precisamente los niños a generar violencia y pensamiento vulgares porque es lo q ellos están observando y escuchando, lo que no sabíamos era que con tantas leyes y ninguna se cumple como todo en nuestro hermoso país, lo cual es triste porque nos tienen censurados, y manipulados a los medios de comunicación, siendo un país rico en todos los sentidos por donde lo mires, y es otra parte del con tanto campo y gente talentoso y profesional para este rol tan hermoso q es el de ser comunicador social….

GENESIS GONZALEZ CASTILLO C.I: 25032056 RADIO SECCION 5T

Anónimo dijo...

Esta ley tiene por objeto establecer, en la difusión y recepción de mensajes, la
responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión,
proveedores de medios electrónicos, los anunciantes, los productores nacionales
independientes y las usuarias y usuarios, para fomentar el equilibrio democrático
entre sus deberes, derechos e intereses a los fines de promover la justicia social y
de contribuir con la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los
derechos humanos, la cultura, la educación, la salud y el desarrollo social y
económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios
constitucionales de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y
adolescentes, la cultura, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la
Ley Orgánica de Telecomunicaciones.